Las edificaciones existentes en el suelo rústico pueden dividirse en propiedades independientes pero sin posibilidad de secretar la parcela | Observatorio de Vivenda

Las edificaciones existentes en el suelo rústico pueden dividirse en propiedades independientes pero sin posibilidad de secretar la parcela

Las edificaciones existentes en el suelo rústico pueden dividirse en propiedades independientes pero sin posibilidad de secretar la parcela

En estas parcelas a normativa vigente permite establecer un régimen especial, en el que las diferentes plantas de un inmueble sean propiedades independientes, pero sin que en ningún caso implique la segregación de la parcela

La Xunta de Galicia aclara en una circular que las edificaciones existentes en el suelo rústico pueden dividirse en propiedades independientes. Esta aclaración se enmarca en la apuesta del Gobierno gallego por la rehabilitación y el patrimonio construido y responde a las numerosas consultas recibidas sobre esta cuestión.

La Comisión Permanente de la Xunta consultiva en materia de ordenación del territorio y urbanismo informó favorablemente esta mañana sobre la circular adoptada por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo en colaboración con el Decanato de los Registradores de la Propiedad, Mercantiles y Bienes Muebles de Galicia y con el Colegio Notarial de Galicia, en la que se explica la posibilidad de constituir un régimen de propiedad horizontal en las edificaciones existentes en el suelo rústico.

Por lo tanto, permite que las diferentes partes de un inmueble puedan ser propiedades independientes, pero manteniendo siempre la unidad de la hinca ya que la división y segregación de parcelas en suelo rústico está prohibida. De este modo, el predio no perderá su condición de parcela única para cualquier acto de nueva construcción o reforma de la construcción existente.

Esta aclaración resulta especialmente importante para actuaciones promovidas por los ayuntamientos para implantar varias viviendas de protección oficial en una edificación existente en el suelo rústico. Es el caso, por ejemplo, de la posible rehabilitación de las antiguas escuelas unitarias, que actualmente están en desuso, y que se pretende recuperar dotándolas de uso residencial.

Además, también da respuesta la otros supuestos como la venta de una de las plantas de una vivienda ya existente tanto para uso residencial cómo para la implantación de una actividad económica.

Esta fue la primera reunión de la Comisión Permanente de la Xunta Consultiva, luego de la constitución del dicho órgano consultivo el pasado 29 de julio, mediante la celebración de su primer Pleno, con el objetivo de dinamizar los trámites administrativos de los ayuntamientos en base a la simplificación y a la eficacia, y en el que se informaron favorablemente los Planes Básicos Municipales de los ayuntamientos de Trabada y Riotorto, ya aprobados definitivamente por la Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda.

Esta Comisión, que se convocará mensualmente y que está integrada por personal tanto de la administración autonómica cómo de la local, será la encargada del asesoramiento y la emisión de informes sobre la interpretación de la normativa vigente en materia de ordenación del territorio y urbanismo que le formulen desde la propia administración autonómica y también de los ayuntamientos, colegios profesionales y organizaciones empresariales afectadas por la ordenación territorial y urbanísticas.

Fonte.- Xunta