Se suspenden los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público | Observatorio de Vivenda

Se suspenden los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público

Se suspenden los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público

Según lo establecido en la disposición adicional tercera del Real Decreto 463/2020, del 14 de marzo

"Se suspenden los términos y se interrumpen los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. El cómputo de los plazos se reiniciará en el momento en que pierda vigencia el presente acuerdo o, si es el caso, las prórrogas de este. 

La suspensión de términos y la interrupción de plazos se aplicarán a todo el sector público definido en la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. 

No obstante lo anterior, el órgano competente podrá acordar, mediante resolución motivada, las medidas de ordenación e instruccion estrictamente necesarias para evitar prejuicios graves en los derechos e intereses del interesado en el procedimiento y siempre que este manifiesta su conformidad, o cuando el interesado manifieste su conformidad con que no se suspenda el plazo."

 

Fuente | IGVS