Cataluña reduce de 10 a 5 el número de inmuebles para tener consideración de gran propietario adaptando la Ley de Vivienda | Observatorio de Vivenda

Cataluña reduce de 10 a 5 el número de inmuebles para tener consideración de gran propietario adaptando la Ley de Vivienda

Cataluña reduce de 10 a 5 el número de inmuebles para tener consideración de gran propietario adaptando la Ley de Vivienda

Cataluña modificaba y adaptaba el pasado mes de agosto la Ley de Vivivenda aprobada por el Congreso, reduciendo de 10 a 5 o más los inmuebles para tener consideración de gran propietario. Esta modificación ya está prevista en la nueva Ley de Vivienda aprobada por el Congreso. Hay una excepción en el caso de los promotores sociales que tengan como objetivo "la promoción de inmuebles de protección social destinados al alquiler", los cuales evadirán este cambio. Al contrario, los que se dediquen a vender los pisos si que serán considerados grandes tenedores.

Lo más relevante de la distinción de gran tenedor es que el precio del alquiler de un nuevo contrato no podrá superar el índice de referencia del precio del alquiler, índice del cual Cataluña dispone de uno propio; además, los grandes tenedores tendrán la obligación de renovar los contratos de alquiler social y tendrán que ofrecer al inquilino un alquiler social en el caso de impago u otros problemas antes de interponer determinadas demandas judiciales.

Fuente.- el Economista