El nuevo plan de alquiler de Madrid permite acortar los contratos con un resquicio legal | Observatorio de Vivenda

El nuevo plan de alquiler de Madrid permite acortar los contratos con un resquicio legal

El nuevo plan de alquiler de Madrid permite acortar los contratos con un resquicio legal

El nuevo plan de alquiler del Ayuntamiento de Madrid permitirá realizar contratos de alquiler por una duración inferior al mínimo que contempla la ley. Para hacerlo, se vale de la figura del usufructo, regulada en la Ley de Arrendamiento Urbanos (LAU) como una de las excepciones que permiten acortar un contrato, un resquicio legal que podría traer una serie de inconvenientes y problemas.

La LAU, en su artículo 9, que establece la duración mínima de los alquileres, dicta que desde marzo de 2019 los inquilinos tienen derecho a permanecer en el inmueble un mínimo de cinco años, si el propietario es una persona física, o de siete años, si es una persona jurídica (una empresa o una administración pública). Las únicas excepciones a esa regla, siempre que además se respeten correctamente los plazos de preaviso, se refieren a la necesidad del propietario de recuperar la vivienda para sí mismo o un familiar próximo; o que el arrendador no sea propietario del bien, sino que sea un subarrendatario o que tenga cedido un derecho superficiario o usufructuario. Esto último es lo que ha articulado la EMVS en el nuevo plan de alquiler del ayuntamiento con el fin de captar vivienda vacía.

Las desventajas de este movimiento es que estaría dejando sin efecto al artículo 9 y además el usufructo conlleva unos gastos fiscales y en caso de no se cumplan los plazos de aviso, el contrato se reconduce tácitamente, lo que podría crear conflictos entre las partes.

Fonte | El País